Xalapa, Veracruz, México, a jueves 02 de mayo de 2024

Diputada propone permisos obligatorios para que trabajadores cumplan con compromisos inexcusables

Diputada propone permisos obligatorios para que trabajadores cumplan con compromisos inexcusables

Agencia de Noticias RTV (Cámara de Diputados), 6 de enero de 2024

La diputada Angélica Peña Martínez (PVEM) propuso adicionar una fracción IX Bis al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para obligar a los patrones a otorgar permisos a sus trabajadores a fin de que cumplan con compromisos inexcusables, sean de carácter público o privado.

 Estas reformas ayudarían a cumplir dicho objetivo y asegurar que los trabajadores puedan lograr un equilibrio entre su vida personal y laboral, expuso en un comunicado.

De acuerdo con la propuesta, la Ley Federal del Trabajo, establece la jornada diurna de trabajo entre las seis y las veinte horas, por lo que, en promedio, el horario de trabajo en México es de las 9:00 a las 18:00 horas, lo que impide que los trabajadores puedan armonizar sus compromisos personales con los profesionales.

Peña Martínez explicó que esta situación es muy grave y puede traer responsabilidades para los trabajadores, en especial cuando tienen que cumplir con deberes inexcusables de carácter público y personal durante su horario de trabajo.

«Se entiende por deber inexcusable, aquella obligación que incumbe a una persona cuyo incumplimiento generaría una responsabilidad de índole civil, penal o administrativa. En nuestro país existen casos de trabajadores que se ven en la necesidad de acudir a tribunales derivado de procedimientos de carácter civil, mercantil, familiar o penal, en los cuales se ven involucrados sus derechos o deben acudir en calidad de testigos y en caso de no asistir son apercibidos con una multa o alguna sanción administrativa», precisó.

Aunado a lo anterior, añadió, la ausencia de una persona por motivos laborales puede vulnerar sus derechos o los de alguna otra persona, en especial el derecho al acceso a una justicia pronta y expedita, pues en muchas ocasiones los juzgadores están obligados a diferir las actuaciones judiciales respectivas hasta que la persona citada comparezca, lo anterior sin mencionar las afectaciones indirectas que resulten a los derechos civiles, familiares o penales materia del procedimiento.

Además de que estas citaciones son determinadas de manera discrecional por la autoridad, en el horario de funcionamiento habitual de las instituciones, generalmente es 8:00 a 15:30 horas.

Destacó que dicha iniciativa no genera impacto presupuestal alguno, puesto que únicamente reconoce un derecho a los trabajadores y contribuye al buen funcionamiento de la sociedad y a la preservación del Estado de derecho.