Xalapa, Veracruz, México, a miércoles 18 de marzo de 2026

SCJN anula artículo que otorgaba funciones registrales al municipio de Veracruz

SCJN anula artículo que otorgaba funciones registrales al municipio de Veracruz

Javier Salas Hernández, 18 de marzo de 2026

Xalapa, Ver.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 48 del Reglamento de la Administración Pública del ayuntamiento de Veracruz que le daba atribuciones de carácter registral de las personas. 

La reforma que el año pasado aprobó el cabildo que presidió Patricia Lobeira Rodríguez fue impugnada por la Secretaría de Gobierno mediante una Controversia Constitucional, con el argumento de que el ayuntamiento invade funciones que son competencia exclusiva de las Oficialías y de la Dirección General del Registro Civil. 

Los ministros de la SCJN determinaron procedente y fundada la Controversia Constitucional y declararon la invalidez del artículo 48, al considerar que el ayuntamiento, al tener facultades en materia registral, invade atribuciones que son de competencia exclusiva de las Oficialías y de la Dirección General del Registro Civil; así como de la Secretaría de Gobierno del Estado.