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Sancionarán a empresas que no hayan pagado utilidades a trabajadores

Sancionarán a empresas que no hayan pagado utilidades a trabajadores

Fermín Ramírez, 30 de junio de 2017

México.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa que concluidos los plazos para que las personas morales (empresas) y físicas con actividades empresariales (patrones) pagaran utilidades a sus empleados, realiza inspecciones de verificación del cumplimiento de la obligación y advierte que la omisión de la garantía constitucional en favor de los trabajadores representa multas que van de los 3 mil 774 hasta los 337 mil pesos para los patrones, ya sean personas morales o físicas.

La dependencia federal señala que, en los últimos dos meses, ha practicado un total de mil 929 inspecciones a nivel nacional, dentro del operativo en curso para verificar el cumplimiento de la obligación del pago de utilidades, derecho que salvaguarda el Artículo 123 constitucional.

Explica que esta prestación es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su Declaración Fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.

Para el pago de utilidades, detalla la STPS, son considerados en servicio activo las madres trabajadoras durante los periodos prenatales y postnatal, los empleados víctimas de un riesgo laboral durante el periodo de incapacidad temporal y los padres que hubieren solicitado el permiso de paternidad que señala la Ley Federal del Trabajo.

Señala, sin embargo, que el pago de utilidades no aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Según la Ley Federal del Trabajo, quienes no recibieron este derecho o se les pagó de forma incorrecta, tienen el plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida para reclamar sus utilidades, que fue el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una empresa, y el 29 de junio a quienes trabajan para una persona física.