¿Qué pasaría si se registra un caso de empate en elección judicial?
Javier Salas Hernández, 2 de junio de 2025
Xalapa, Ver.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, serán las instancias que determinen lo conducente cuando el escrutinio y cómputo de la elección judicial federal detecte un empate entre dos candidaturas a un mismo cargo.
El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió que ni en la reforma constitucional en materia judicial ni en las leyes secundarias se estableció un procedimiento en caso de empates.
Por esa razón, el Consejo General del INE aprobó el procedimiento para atender esos supuestos.
Determinó que una vez agotado el procedimiento de verificación de requisitos de elegibilidad, así como la asignación paritaria de los cargos, el Consejo General del INE identificará el universo de candidaturas que se encuentren en un supuesto de empate y advierta, que por los votos obtenidos le correspondía un cargo.
Una vez que se identifiquen las candidaturas que cumplan con los anteriores criterios, se declarará el empate legal, lo cual tendría como consecuencia jurídica que no serán sujetas de asignación de cargo alguno, por lo que, se informará que se encuentran como vacantes derivado de no contar con una persona ganadora, según el tipo de elección de que se trate.
Cuando el Consejo General determine el empate legal y la vacancia de los cargos a Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, de Magistradas y Magistrados de Circuito y de Juezas y Jueces de Distrito, según sea el caso, el Consejo General deberá informar a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para los efectos legales conducentes.
Para el caso de magistraturas electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Consejo General del INE deberá informar al Consejo de la Judicatura y al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera inmediata para que determine lo que en derecho corresponda.
Además, el Consejo General del INE deberá hacerlo de conocimiento al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación y al Senado de la República.