Orfis emite reglamento para contratar despachos y prestadores de servicios profesionales de auditoría
Javier Salas, 27 de febrero de 2018
Xalapa, Ver.- El Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) emitió el Reglamento para el Registro, Habilitación, Contratación, Control y Evaluación de los Despachos y Prestadores de Servicios Profesionales de Auditoría.
Las reglas establecen las sanciones que se aplicarán para los entes que no cumpla con las disposiciones y entre ellas figuran: amonestación pública, cancelación de registro o refrendo; inhabilitación hasta por tres años, y multa de trescientas veces el valor diario vigente de la Unidad de Medida y Actualización (UMA’s).
Se justifica que, para llevar a cabo la revisión de las Cuentas Públicas de los entes fiscalizables, el Orfis podrá contratar los servicios que presten únicamente los Despachos o Prestadores de Servicios de Auditoría que integran el Padrón, de conformidad a lo que éste determine; y habilitará a un Despacho y/o Prestador de Servicios de Auditoría, hasta por un máximo de siete Entes Fiscalizables por ejercicio.
