Xalapa, Veracruz, México, a sábado 13 de diciembre de 2025

Morena definió convocatoria para Coordinación de la Defensa de la 4T en Veracruz: Esteban Ramírez

Morena definió convocatoria para Coordinación de la Defensa de la 4T en Veracruz: Esteban Ramírez

Agencia de Noticias RTV (Morena), 19 de septiembre de 2023

Ciudad de México.- Esta es la convocatoria del Comité Ejecutivo Nacional de Morena para la definición de la Coordinación de la Defensa de la Transformación en Veracruz, informó el dirigente estatal de Morena en Veracruz, Esteban Ramírez Zepeta, a través de sus redes sociales.

Ramírez Zepeta detalló que serán seis las y los aspirantes que se sometan a la encuesta para seleccionar a quien coordinará a nivel estatal los comités de defensa de la 4T; explicó que cuatro aspirantes serán electos de revisar la documentación de quienes se inscriban en el proceso de selección interna.

Sin embargo, otras dos personas serán seleccionadas directamente por el Comité Directivo Nacional de Morena.

Con fundamento en el primer párrafo del artículo 41 de la Constitución sobre la soberanía del Pueblo; su fracción I párrafo primero sobre que los partidos políticos son entidades de interés público; párrafo segundo relativo al fin constitucional de los partidos políticos de promover la participación del Pueblo en la vida democrática, su carácter de organizaciones ciudadanas y su actuar de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan; el principio de mínima intervención de las autoridades electorales en los asuntos internos de
los partidos, auto organización y autodeterminación consignados en dicha fracción; la Declaración de Principios y Programa de Lucha de nuestro partido que, en lo que interesa señala que MORENA llama a continuar, profundizar y extender por vía pacífica, la movilización popular y la revolución de las conciencias, el proceso histórico que conocemos como Cuarta Transformación que la mayoría del pueblo decidió en julio de 2018 y que instauró en el poder presidencial en diciembre de ese año; y toda vez que, es fundamental organizar la estructura del partido establecida en el artículo 14º del Estatuto, es decir, los Comités de Defensa de la Transformación en cada barrio, colonia, comunidad, pueblo, municipio o alcaldía, en este caso en Veracruz; para lo cual el Comité Ejecutivo Nacional es el facultado para establecer los lineamientos de la Coordinación de Defensa de la Transformación y de la instrumentación de la estrategia de movilización en todo el país; mientras que la Comisión Nacional de Elecciones, es la encargada de organizar los procesos internos de este partido; y:

C O N S I D E R A N D O
I. Que MORENA es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios que cuenta con la libertad de decisión interna, así como con el derecho a la autodeterminación y autoorganización. Estos principios de los partidos políticos están reconocidos en los artículos 41, base I, y 116, fracción IV, inciso f), de la Constitución Federal, al establecer que las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que establezcan la Constitución y la ley. Lo que implica que este partido político tiene el derecho de definir su organización interna, conforme a su ideología y estrategia políticoelectoral.


II. Que, de conformidad a la libertad de autodeterminación y autoorganización de los partidos políticos, MORENA tiene garantizado el derecho de fijar reglas y mecanismos de organización para la Coordinación de Defensa de la Transformación.


III. Que, tras las victorias electorales de 2018, 2021, 2022 y 2023, MORENA se ha consolidado como la opción de cambio político, social y de la revolución de las conciencias en México, ello debido a que la ciudadanía ha decidido consolidar el proyecto de nación de MORENA, iniciado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

IV. Que, después de un proceso imparcial, democrático, unitario y transparente la compañera Claudia Sheinbaum Pardo fue elegida por el Pueblo a través de la encuesta como nuestra Coordinadora de Defensa de la Transformación. Por tanto, recibió el reconocimiento correspondiente del Consejo Nacional de MORENA en su III Sesión Ordinaria del 10 de septiembre de 2023. Con lo que asumió su tarea nacional de consolidación de organización para la Defensa de la Transformación.

V. Que, en la III Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de MORENA del 10 de septiembre de 2023, a propuesta de la Coordinadora de Defensa de la Transformación se inició el proceso organizativo interno para conformar comités de Defensa de la Transformación en al menos cada una de las 69,548 secciones electorales del país.


VI. Que, para lograr los objetivos de organización interna, es procedente designar a la persona que coordinará la Defensa de la Transformación, quien deberá contar con la aceptación, cercanía, reconocimiento popular
así como que el pueblo estime que es una persona honesta y de inobjetable trayectoria, para que goce de la aceptación entre la ciudadanía que le permita que le abran las puertas de sus hogares para cumplir el objetivo de conformar comités en cada sección electoral de la entidad, asimismo deberá estar comprometida con la Cuarta
Transformación, contar con la trayectoria y los atributos ético políticos estatutarios de manera que pueda llevar el mensaje de este partido a cada puerta de cada colonia, pueblo y barrio de la entidad correspondiente.

El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA


C O N V O C A


Al proceso interno para la designación de la Coordinación de Defensa de la Transformación en Veracruz; conforme a lo siguiente:


BASE PRIMERA. Se podrá solicitar la inscripción del registro como aspirante para ocupar la Coordinación ante la Comisión Nacional de Elecciones, en los términos siguientes:

a) A efecto de garantizar al máximo el derecho de participación, la solicitud de registro para la presente convocatoria será en línea.
b) El registro en línea se hará a través de la página de internet: https://registro.morena.app/Convocatorias/
c) El registro se abrirá en el periodo correspondiente de las 00:00 horas del día 25 de septiembre de 2023 hasta las 23:59 horas del día 26 de septiembre de 2023, hora de la Ciudad de México.
d) El sistema de registro emitirá el acuse correspondiente del envío de la solicitud de inscripción para ser registrado en el proceso interno de designación, sin que este documento garantice la procedencia del registro, así como tampoco genera expectativa de derecho alguno, salvo el correspondiente derecho de información.

Por el compromiso definitivo que tiene MORENA por impulsar la participación de las mujeres en espacios políticos y de conformidad con nuestro Estatuto, se cumplirá con el principio de paridad de género en la definición de las coordinaciones de Defensa de la Transformación de las entidades federativas.

Asimismo, garantizará el derecho de participación de las mujeres, hombres y personas con otra expresión de género y/o sexo, de manera que podrán solicitar su inscripción para ser registradas para participar en el proceso de manera libre, habilitando a la Comisión Nacional de Elecciones para tomar las medidas necesarias para
garantizar la paridad de género en la definición final de las coordinaciones, tal como lo prevé nuestro Estatuto.

BASE SEGUNDA. La Comisión Nacional de Elecciones revisará las solicitudes, valorará y calificará los perfiles, con los elementos de decisión necesarios, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Estatuto de Morena, y sólo dará a conocer las solicitudes aprobadas, sin menoscabo que se notifique a cada uno de los solicitantes el resultado de la determinación de manera fundada y motivada, cuando así lo pidan.


BASE TERCERA. Una vez que haya finalizado el periodo de solicitud de inscripción, la Comisión Nacional de Elecciones enviará la lista final al Consejo Estatal de Veracruz para que, de entre las personas que solicitaron su inscripción, se pronuncie a favor de cuatro perfiles, de los cuales al menos dos sean de mujeres, para ser considerados en el proceso, esto, para efectos de lo dispuesto en la base anterior. El término
para la recepción de las propuestas será el 28 de septiembre de 2023. La Comisión Nacional de Elecciones podrá, en todo momento, determinar la inclusión de perfiles en las encuestas de acuerdo con lo señalado en el
Estatuto.


BASE CUARTA. La Comisión Nacional de Elecciones publicará la relación de solicitudes de registro aprobadas, a más tardar el 30 de octubre de 2023.

Todas las publicaciones de registros aprobados y notificaciones relacionadas con el proceso se realizarán por medio de la página de internet: https://morena.org/


Sólo las personas firmantes de las solicitudes de registro aprobadas por la Comisión Nacional de Elecciones podrán participar en las siguientes etapas del proceso. El registro de las personas aspirantes podrá ser cancelado, o no otorgado, por violación grave a las reglas establecidas en el Estatuto y en esta Convocatoria a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y del Comité Ejecutivo Nacional. Queda estrictamente prohibido que quienes son
aspirantes realicen acusaciones públicas contra el partido, sus órganos de Dirección u otros aspirantes o protagonistas, o en su caso, cometan actos de violencia física contra otros miembros o el patrimonio del partido.
La falta a esta disposición será sancionada con la cancelación del registro de aspirante al cargo interno que pretende ocupar y se dará vista a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia. Asimismo, las personas
aspirantes, la militancia y la ciudadanía simpatizante o cualquier otra persona interesada tienen el deber de cuidado del proceso, por lo que deberá estar atenta a las publicaciones de los actos y etapas del proceso
a través del sitio de internet referido.


BASE QUINTA Las personas, que pretendan participar en el proceso de designación para la Coordinación de Defensa de la Transformación en Veracruz, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos;
  2. Contar con residencia efectiva en la Entidad de cinco años
  3. inmediatos anteriores al día 2 de junio de 2024;
  4. Tener por lo menos treinta años cumplidos al día 2 de junio de 2024;
  5. No ser servidor público del Estado o de la Federación en ejercicio
  6. de autoridad, salvo que se hubiera separado de su encargo noventa
  7. días naturales anteriores al día 2 de junio de 2024;
  8. No ser militar en servicio activo o con mando de fuerzas salvo que
  9. se hubiera separado de su encargo noventa días naturales
  10. anteriores al día 2 de junio de 2024;
  11. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto
  12. religioso, a menos que se separe de su ministerio conforme a lo
  13. establecido por la Constitución Federal y la ley de la materia;
  14. No tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados
  15. con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los
  16. beneficios de conmutación o suspensión condicional de la sanción;
  17. No ser Magistrados ni secretarios del Tribunal Electoral del Estado,
  18. consejeros electorales de los diversos consejos del Instituto
  19. Electoral Veracruzano, Secretario Ejecutivo, el Contralor General y
  20. los directores ejecutivos del Instituto Electoral Veracruzano, ni
  21. personal profesional del servicio electoral del Instituto Electoral
  22. Veracruzano, con nivel directivo o superior, salvo que se separen
  23. de sus funciones tres años antes del día 2 de junio de 2024; y
  24. En caso de ser militante, tener pleno ejercicio de los derechos
  25. partidistas y no estar inscrito en el registro de personas sancionadas
  26. por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, en su caso.

https://morena.org/wp-content/uploads/juridico/2023/CDTVR.pdf?fbclid=IwAR3xZG43A92wqGLtehwGDK7uCi0RlsleYzDgUNW-4uqDhjuCY2lDUphYpPI