Inconsistencias financieras de partidos políticos, faltas más recurrentes y sancionadas por INE
Javier Salas Hernández, 27 de febrero de 2025
Xalapa, Ver.- De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, los partidos nacionales y locales deben presentar informes anuales sobre sus ingresos totales y gastos ordinarios ante el instituto nacional electoral.
Los informes se entregan en los 60 días siguientes al último día de diciembre del año que corresponda.
Y la unidad técnica de fiscalización de la Comisión de Fiscalización del INE cuenta con 60 días para revisarlos y solicitar los documentos que comprueben su contenido, así como las aclaraciones o rectificaciones a los errores u omisiones técnicas que identifique en ellos.
En ese sentido, las inconsistencias más recurrentes son gastos no comprobados, y registro extemporáneo de operaciones en el sistema integral de fiscalización.
Así como diferencias en el inventario de activo fijo contra lo reportado en contabilidad; y en procesos electorales, la omisión de reportar el traspaso de los saldos de campaña a la contabilidad de operación ordinaria.
Las sanciones que impone en INE son amonestaciones públicas y privadas y multas económicas, que se fijan conforme a la capacidad económica del infractor y se descuentan de las prerrogativas mensuales que reciben los partidos políticos.