Colaboradores de alcaldes electos deben tener título profesional: Orfis
Javier Salas Hernández, 19 de noviembre de 2025
Xalapa, Ver.- A los alcaldes electos que entrarán en funciones el primero de enero del 2026 se les recomienda que, para su tranquilidad, las personas que serán nombradas para cargos de relevancia en el ayuntamiento cumplan con el perfil que establece la ley.
La Ley Orgánica del Municipio Libre señala que los titulares de la Secretaría del Ayuntamiento, la Tesorería Municipal, la Dirección de Obras Públicas y la Contraloría deberán contar con título profesional legalmente expedido y cédula profesional, afines a la naturaleza del cargo y con una antigüedad mínima de un año al día de su designación.
Y para cualquier otro cargo, dice el mismo artículo, la Ley Orgánica del Municipio Libre, en caso de no contarse con la documentación antes referida, será necesario tener experiencia acreditada en el ramo, a juicio de quien se encuentre facultado para nombrarlo.
Además, en el artículo 73 Bis se insiste sobre el cumplimiento de los perfiles, al mencionarse que cada ayuntamiento contará con una Dirección de Obras Públicas, cuyo titular deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 68 de esta Ley.
