Empresas tienen hasta el 31 de marzo para hacer declaración anual 2025: SAT
Bertha López Aguayo, 13 de enero de 2026
Xalapa, Ver.- Del primero de enero al 31 de marzo es el plazo contemplado para cumplir con la declaración anual 2025 de las empresas, es por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda las fechas específicas: sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero para presentar la declaración del ejercicio por liquidación.
Las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero para presentar su declaración del ejercicio y los demás regímenes establecidos en el título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con este trámite.
Asimismo, el SAT informa que la plataforma tiene la información precargada de pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio; Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio; retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y resico); CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones, y remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
Los requisitos para enviar la declaración son: contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.
