Xalapa, Veracruz, México, a jueves 31 de octubre de 2024

Resolución judicial da certeza a migrantes que solicitan asilo

Resolución judicial da certeza a migrantes que solicitan asilo

Notimex, 10 de abril de 2018

México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) saludó la resolución del juez Noveno de Amparo que declaró inconstitucional el acuerdo de suspensión de plazos de la Comar, que mantenía en incertidumbre jurídica a más de tres mil 600 solicitantes de asilo.

En un comunicado, la CNDH detalló que el acuerdo por el que se suspenden los plazos y términos de los procedimientos que lleva a cabo la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) generó incertidumbre desde el 30 de octubre de 2017, a los más de tres mil 600 solicitantes de refugio.

En ese sentido, el organismo de derechos humanos señaló que el fallo del juez Noveno de Amparo en Materia Administrativa de la Ciudad de México ayuda a terminar con la incertidumbre jurídica que reclamaron los propios solicitantes de refugio ante la comisión e instancias jurisdiccionales.

Este fallo, señaló la CNDH, “constituye un paso fundamental para garantizar el respeto a los derechos humanos de quienes han solicitado la condición de refugiado y apuntala la defensa de los derechos de las personas en contexto de migración internacional que buscan protección en nuestro país”.

Asimismo, destacó que comparte los argumentos del juez desde la perspectiva de derechos humanos, como la falta de tutela en el trámite, porque no hay un plazo razonable, general y efectivo para que la Comar emita una resolución.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos consideró también que no es razonable suspender los plazos para reconocer la condición de refugiados, porque se afecta el derecho de acceso a la justicia

En un comunicado, recordó a las autoridades la importancia de asumir los compromisos internacionales en materia de refugiados y solicitantes de asilo y cumplir con las disposiciones que se encuentran en el marco normativo vigente.