Xalapa, Veracruz, México, a jueves 25 de abril de 2024

En Veracruz entró en vigor Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas

Javier Salas Hernández, 21 de marzo de 2019

Xalapa, Ver.- Hoy jueves entró en vigor la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas, cuya finalidad es reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y de los derechos de la persona que ha desaparecido y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia de sus familiares.

Los efectos mínimos de la Declaración Especial de Ausencia son que la persona declarada como ausente por desaparición será considerada como viva, por lo que tendrá continuidad de su personalidad jurídica desde la fecha en que se consigna el hecho en la denuncia, reporte o queja.

También garantiza la conservación de la patria potestad de la persona desaparecida y la protección de los derechos y bienes de las y los hijos menores de 18 años de edad a través de quien pueda ejercer la patria potestad o, en su caso, a través de la designación de un tutor, atendiendo al principio del interés superior de la niñez.

Los familiares de una persona desaparecida podrán solicitar al Juzgado de lo Familiar la Declaración Especial de Ausencia, misma que se podrá pedir a partir de los tres meses de que se haya hecho la denuncia o reporte de desaparición, o de la presentación de la queja ante la Comisión Estatal o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.