Xalapa, Veracruz, México, a viernes 19 de abril de 2024

Emite SSP protocolo para atención de casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género

Emite SSP protocolo para atención de casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género

Leticia Silva, 27 de agosto de 2019

Xalapa, Ver.- La Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, publicó  los  lineamientos y medidas de atención que desde este martes, las y los integrantes operativos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) aplicarán con sensibilidad y profesionalismo, en atención a las personas de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti, intersexual y queer, (LGBTTTIQ).

Bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, los y las integrantes de Seguridad Pública deberán tratarlos con respeto a sus derechos humanos, para evitar la discriminación, estigmatizar, estereotipar y consumar prejuicios que vayan en detrimento de la dignidad de las personas no heterosexuales, así como evitar emitir gestos, ademanes, comentarios o calificativos peyorativos o conductas de intolerancia.

En la Secretaría de Seguridad Pública, deberán apegarse a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y, en general, a todas las disposiciones legales aplicables en las detenciones que realicen; debiendo considerar las protecciones adicionales consagradas en el derecho internacional de los derechos humanos para las personas LGBTTIQ.

Entre las medidas que contempla el referido protocolo respecto al contacto verbal, los cuerpos policiacos deben tener presente que en la interacción con las personas LGBTTTIQ, las/los integrantes de los operativos, deberán actuar con respeto a la identidad de género y los principios establecidos en el presente protocolo de actuación policial, debiendo abstenerse de utilizar un lenguaje soez, peyorativo o en diminutivo, comentarios degradantes, insultos u otra forma de comunicación (no verbal), que constituyan acciones discriminatorias o contribuyan al menoscabo de su dignidad e integridad emocional.

El protocolo incluye la actuación en el trato a las familias homoparentales y lesbomaternales, el cual debe ser objetivo, respetuoso y empático, evitando menoscabar la dignidad de cualquiera de los integrantes de dichas familias.

Con esto se pretende, garantizar que los procedimientos de revisión física, no sean discriminatorios, y que respeten la dignidad y privacidad de la persona.

En caso de violaciones a las disposiciones del protocolo, se podrán interponer quejas los miembros de la comunidad LGBTTTIQ, serán interpuestas ante la Dirección General de Asuntos Internos.